Bases reguladoras para la concesión de subvenciones a proyectos de Cooperación Dermatológica de la SCAEDV 2014

Convocatoria de elecciones Sección Centro de la AEDV (SCAEDV)
3 febrero, 2014
Bases reguladoras para la concesión de subvenciones a proyectos de Cooperación Dermatológica de la SCAEDV 2014
17 febrero, 2014
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Bases reguladoras para la concesión de subvenciones a proyectos de Cooperación Dermatológica de la SCAEDV 2014

Jueves, 13-02-2014

La presente convocatoria de ayudas a la cooperación dermatológica, “Dermatología Solidaria 2014” ha sido aprobada por la Junta Directiva de la SCAEDV (Sección Centro de la Academia Española de Dermatología y Venereología) en sesión celebrada el día 8 de octubre de 2.013. Las siguientes bases para esta segunda convocatoria son aprobadas en sesión de la Junta Directiva de fecha 14 de enero de 2014.

OBJETO:

Las siguientes bases tienen por objeto regular la concesión de ayudas económicas para financiación de Proyectos de Desarrollo o de Intervención Sanitaria, presentados por particulares u Organizaciones No Gubernamentales (ONGD), y dirigidos a satisfacer de forma directa las necesidades básicas de saludde las poblaciones en los países en vías de desarrollo o aquellas excluidas de atención sanitaria en nuestro país,con especial orientación a la atención o prevención de problemas dermatológicos.

El presupuesto destinado a esta convocatoria será de 15.000 €con cargo a los Gastos de la SCAEDV para el ejercicio 2.014.

CRITERIOS PARA VALORACIÓN Y POSTERIOR CONCESIÓN DE LAS AYUDAS:

En función de concurrencia el tribunal quedará facultado para repartir la dotación económica hasta agotar el crédito entre los mejores proyectos, en cantidad proporcional al número de puntos obtenidos según los criterios de valoración, a financiar parcialmente alguno de los proyectos o a dejar parte o la totalidad de la ayuda presupuestada sin destinar cuando los proyectos presentados no reúnan las condiciones precisas a juicio del mismo.

El proyecto no debe recibir financiación desde otros organismos por los conceptos que de forma expresa se están solicitando en esta convocatoria. En caso de cofinanciaciones la cuantía de la ayuda se determinará de acuerdo con el importe de la solicitud y la justificación de determinadas actuaciones para la ejecución del proyecto.

La concesión de las subvenciones se realizará mediante concurso, de acuerdo con los siguientes criterios de valoración sobre un máximo posible de 16 puntos:

Proyecto: 8 puntos.

Considerando para la valoración del proyecto los aspectos siguientes:

– Elaboración de los proyectos, identificación y formulación breve y concreta que incluya resultados esperados realistas, indicadores de evaluación, calendario de actuaciones y desglose presupuestariocon atribución concreta de gastos a distintos financiadores cuando los haya.

– Dirigidos a sectores de población más desfavorecidos y zonas más deprimidas.

– Que los beneficiarios locales tengan un papel protagonista en su diseño y ejecución.

– Cuantía de la petición y disponibilidad presupuestaria, además de otras posibilidades de financiación.

– Proyectos en los que el período de ejecución permita constatar a la conclusión el beneficio objetivo.

– Garantías de sostenibilidad. En caso de presentación de otros proyectos a convocatoria previa se valorará consecución de objetivos.

– Respaldo de instituciones locales del país o región destinatarios

– Integración en otras estrategias de desarrollo local

b. Interés dermatológico: 8 puntos.

A valorar entre los siguientes aspectos

– Repercusión sanitaria del proyecto en la población de referencia, con especial interés en el control y promoción de la salud de las enfermedades cutáneas.

– Atención particular a entidades reconocidas como “enfermedades olvidadas”.

– Integración en otras estrategias de control sanitario o salud pública en la zona.

– Formación dermatológica de personal local apto para mantenimiento de funciones sanitarias.

– Promoción y grado de implicación de académicos de la AEDV, en especial de su Sección Centro.

No serán financiables acciones para promoción, publicidad o financiación del funcionamiento propio de la entidad solicitante.

REQUISITOS PARA SOLICITANTES:

Podrán concurrir a la presente convocatoria tanto las ONG para el desarrollo y las entidades privadas sin animo de lucro, que presenten documentación acreditativa, como las personas físicas con intereses en cooperación sanitaria que, como se refleja en el punto anterior, incluyan de forma preferente para este proyecto lacontribución a la mejora de patología dermatológica.

Se podrán presentar solicitantes de la convocatoria anterior siempre que ninguna parte de la ayuda vaya destinada a financiar gastos ya presentados en un proyecto para la anterior convocatoria y que, antes de presentar la solicitud actual, documenten fehacientemente la justificación de ayudas recibidas según consta en el apartado último de aquella convocatoria, con especial mención a los trabajos e inversiones realizados hasta ese momento y la constancia del patrocinio de la SCAEDV.

SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN:

Los solicitantes deberán aportar la siguiente documentación:

a) Solicitud del proyecto conforme al modelo Anexo I.

b) Formulario que acredite su adecuación a las bases reguladoras de esta convocatoria conforme al modelo Anexo II.

c) En el caso de ONG : Documentación acreditativa actualizada de esta situación (como inscripción en Registro de las ONG de Desarrollo certificada por Agencia Española de Cooperación Internacional, A.E.C.I. ).

d) Fotocopia del DNI dela persona firmante de la solicitud.

e) En caso de proyectos promovidos por académicos de la AEDV: Número de académico.

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

Las solicitudes junto al formulario (anexos I y II) y el resto de documentación requerida, todo ello en castellano, deberán remitirse a la sede de la SCAEDV (Sección Centro Academia Española de Dermatología y Venereología, c/Ferraz 100,1º izda, 28080 Madrid, tfno. 91 5446284), indicando en el sobre “Para Convocatoria de Ayudas Dermatología Solidaria 2014”. El plazo de presentación será hasta el próximo 15 de abril de 2014.

Desde la SCAEDV se podrá requerir, en cualquier momento, de las entidades o personas solicitantes, cuantas aclaraciones o documentación extra se consideren precisas además de la documentación ya presentada para la valoración o acreditación de un proyecto.

La concurrencia a la convocatoria presupone la plena aceptación de las bases reguladoras y de la resolución que se dicte al respecto, que será irrevocable.

RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN:

Una vez que se compruebe que los proyectos presentados reúnen los requisitos exigidos en estas bases, la concesión de ayudas económicas se valorará por un tribunal compuesto por los miembros de la actual junta directiva de la SCAEDV.

La resolución se realizará en el plazo máximo de 2 meses a partir de lafecha límite de presentación de solicitudes. Si transcurrido dicho plazo no se hubiera resuelto positivamente la adjudicación de una ayuda, se considerará desestimada la solicitud.

La resolución será notificada a todos los participantes de la convocatoria, independientemente del resultado.

Además de las condiciones generales de la convocatoria, las resoluciones de concesión pueden conllevar condiciones específicas de evaluación o justificación del proyecto a criterio del tribunal.

De la cantidad concedida se aplicará la retención de impuestos sobre la renta de las personas físicas que proceda por ley. La ayuda otorgada se integrará el 70% del resultante en el momento de la concesión y el 30% restante en el momento de la presentación de la memoria justificativa.

Las copias de los proyectos que no hayan sido subvencionados podrán ser retiradas de la sede de la SCAEDV en un plazo de 1 mes desde la fecha de notificación de la resolución a los interesados.

JUSTIFICACIONES DE AYUDAS RECIBIDAS Y REINTEGROS:

Las personas físicas o las ONG receptoras de ayuda deberán cumplir las siguientes obligaciones:

a) Llevar a cabo todas las actuaciones conforme el proyecto presentado.

b) Remitir a los responsables de “Dermatología Solidaria” de la SCAEDV una memoria justificativa de las actuaciones desarrolladas, en un plazo máximo de 12 meses a partir de la concesión de la ayuda (condición imprescindible para la remisión del 30% restante de la ayuda concedida). Esta memoria se presentará o remitirá a la sede de la SCAEDV.

c) Conservar a disposición de los miembros de la SCAEDV justificantes de pagos originales y relación de todos los pagos realizados por partidas presupuestarias para los que se ha concedido esta ayuda.

d) La entidad o persona solicitante dejará constancia del patrocinio de la SCAEDV de la forma más adecuada y visible, incluyendo el logotipo actual de la SCAEDV cuando exista soporte gráfico.

Si el proyecto o los gastos no se llevasen a cabo por cualquier causa o se modificasen significativamente sin el conocimiento y autorización previa de la SCAEDV, las personas o entidades solicitantes se comprometen al reintegro del importe de la subvención recibida o de la parte valorada y no ejecutada del proyecto.

Junta Directiva de la SCAEDV

Archivos relacionados

Bases de la convocatoria
Anexo I
Anexo II

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