Nuevas bases para la concesión de subvenciones a proyectos de cooperación dermatológica

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Nuevas bases para la concesión de subvenciones a proyectos de cooperación dermatológica

Ya están disponibles las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a proyectos de cooperación dermatológica por SC-AEDV (2015-16).
Las presentes bases han sido aprobadas por la Junta Directiva de la SC-AEDV (Sección Centro de la Academia Española de Dermatología y Venereología) en sesión celebrada el día 17 de junio de 2015.

OBJETO:
Las siguientes bases tienen por objeto regular la concesión de ayudas económicas para la financiación de proyectos de desarrollo o de intervención sanitaria, presentadas por particulares u organizaciones no gubernamentales (ONG), y dirigidos a satisfacer o dar atención o prevención de problemas dermatológicos, en aquellas poblaciones o áreas excluidas o desfavorecidas del territorio que compone la Sección Centro de la AEDV.

CRITERIOS PARA LA VALORACIÓN Y POSTERIOR CONCESIÓN DE LAS AYUDAS:
En función de concurrencia, el tribunal quedará facultado para repartir la dotación económica hasta agotar el crédito que se repartirá entre los mejores proyectos. El reparto se hará proporcionalmente al número de puntos obtenidos según los criterios de valoración. El crédito se destinará a financiar parcialmente alguno de los proyectos o a dejar parte o la totalidad de la ayuda presupuestada sin destinar cuando los proyectos presentados no reúnan las condiciones precisas a juicio del mismo.
El proyecto no debe recibir financiación desde otros organismos por los conceptos que de forma expresa se están solicitando en esta convocatoria. En este caso de cofinanciaciones la cuantía de la ayuda se determinará de acuerdo con el importe de la solicitud y la justificación de determinadas actuaciones para la ejecución del proyecto.
La concesión de las subvenciones se realizará mediante concurso, de acuerdo con los siguientes criterios de valoración:

a. Proyecto: 5 puntos
Considerando para la valoración del proyecto los aspectos siguientes:
– Elaboración de proyectos, identificación y formulación breve y concreta que incluya resultados esperados realistas, indicadores de evaluación, calendario de actuaciones y desglose presupuestario con atribución concreta de gastos a distintos financiadores cuando los haya.
– Dirigido a sectores de población desfavorecidos localizados en el área geográfica que compone la SC-AEDV
– Que los beneficiarios locales tengan un papel protagonista en su diseño y ejecución.
– Cuantía de la petición y disponibilidad presupuestaria, además de otras posibilidades de financiación.
– Proyectos en los que el periodo de ejecución permita constatar a la conclusión el beneficio objetivo.
– Garantías de sostenibilidad
– Respaldo de instituciones locales de la región destinataria.
– Integración en otras estrategias de desarrollo local.

b. Interés dermatológico: 5 puntos
– Repercusión sanitaria del proyecto en la población de referencia, con especial interés en el control y promoción de la salud de las enfermedades cutáneas.
– Formación dermatológica local
– Integración en otras estrategias de control sanitario o salud pública en la zona
– Promoción y grado de implicación de académicos de la AEDV, en especial de la Sección centro
No serán financiables acciones para promoción, publicidad o financiación del funcionamiento propio de la entidad solicitante.

REQUISITOS PARA SOLICITANTES:
Podrán recurrir a la presente convocatorias tanto las ONG para el desarrollo como aquellas entidades privadas sin ánimo de lucro, que presenten la documentación acreditativa, así como personas físicas con interés en la cooperación sanitaria que, como se refleja en el punto anterior, incluyan de forma preferente para este proyecto la contribución a la mejora de la patología dermatológica.

SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN:
Los solicitantes deberán aportar la siguiente documentación:
a. Solicitud del proyecto conforme al modelo
b. Formulario que acredite su adecuación a las bases reguladoras de esta convocatoria conforme al modelo
c. En el caso de ONG, documentación acreditativa actualizada de esta situación
d. Fotocopia del DNI de la persona firmante de la solicitud
e. En caso de proyectos promovidos por académicos de la AEDV, número de académico

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:
Las solicitudes junto al formulario (anexos I y II) y el resto de documentación requerida, deberán remitirse a la sede de la SC-AEDV (Calle Ferraz 100, 1ºizda, 28008 Madrid. Telf: 915446284), indicando en el sobre “Convocatoria de Ayudas Dermatología Solidaria 2015”. El plazo de presentación será hasta el próximo 31 de octubre de 2015.
La concurrencia a la convocatoria presupone la plena aceptación de las bases reguladoras y de la resolución que se dicte al respecto, que será irrevocable.

RESOLUCIÓN DE LA ADJUDICACIÓN:
Una vez que se compruebe que los proyectos presentados reúnen los requisitos exigidos en estas bases, la concesión de ayudas económicas se valorará por un tribunal compuesto por miembros de la actual junta directiva de la SC-AEDV.
La resolución se realizará en un plazo máximo de 2 meses a partir de la fecha límite de presentación de solicitudes. Si transcurrido el plazo no se hubiera resuelto positivamente la adjudicación de una ayuda, se considerará desestimada la solicitud.
La resolución será notificada a todos los participantes de la convocatoria, independientemente del resultado.
Además de las condiciones generales de la convocatoria, la resolución de la concesión puede conllevar condiciones específicas de evaluación o justificación del proyecto a criterio del tribunal.
De la cantidad concedida se aplicará la retención de impuestos sobre la renta de las personas físicas que proceda por Ley. La ayuda otorgada se integrará el 70% del resultante en el momento de la concesión y el 30% restante en el momento de la presentación de la memoria justificativa.
Las copias de los proyectos que no hayan sido subvencionados podrán ser retiradas de la sede de la SC-AEDV en un plazo máximo de 1 mes desde la fecha de la notificación de la resolución.

JUSTIFICACIONES DE AYUDAS RECIBIDAS Y REINTEGROS:
Las personas físicas o las ONG receptoras de ayuda deberán cumplir las siguientes obligaciones:
a. Llevar a cabo todas las actuaciones conforme al proyecto presentado.
b. Remitir a los responsables de Dermatología Solidaria de la SC-AEDV una memoria justificativa de las actuaciones desarrolladas, en un plazo máximo de 12 meses a partir de la concesión d la ayuda (condición imprescindible para la remisión del 30% restante de la ayuda concedida). Esta memoria se presentará en la sede de la SC-AEDV
c. Conservar a disposición de los miembros de la SC-AEDV justificantes de pagos originales y relación de todos los pagos realizados por partidas presupuestarias para los que les han concedido esta ayuda
d. La entidad o persona solicitante dejará constancia del patrocinio de la SC-AEVD de la forma más adecuada y visible, incluyendo el logotipo actual de la SC-AEDV cuando exista soporte gráfico
Si el proyecto o los gastos no se llevasen a cabo por cualquier causa o se modificasen significativamente sin conocimiento y autorización previa de la SC-AEDV, las personas o entidades solicitantes se comprometen al reintegro del importe de la subvención recibida o de la parte valorada y no ejecutada del proyecto.

La junta directiva de la SC-AEDV.

Si desea acceder a la descarga del documento puede hacerlo desde aquí.

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